Este tratado dio origen
al esquema de integración económica denominado «Mercado Común del Sur».
Inicialmente fijó un programa de liberación comercial con desgravaciones
progresivas, lineales y automáticas con el fin de perfeccionar la zona de libre
comercio el 31 de diciembre de 1994, denominándose esta primera etapa «período
de transición». El Tratado contiene además distintas cláusulas programáticas
referidas a la constitución de una unión aduanera y a la armonización
de las políticas macroeconómicas.
El Tratado de Asunción contiene cinco anexos:
(a) el Anexo I estableció el programa de liberación comercial, protocolizado en ALADI mediante el acuerdo de alcance parcial de complementación económica número 18;
(b) el Anexo II incorporó un régimen de origen para el período de transición, sustituido en el período siguiente de consolidación de la unión aduanera por el régimen fijado por las Decisiones 6/94 y 23/94 del Consejo del Mercado Común;
(c) el Anexo III reguló el procedimiento de solución de controversias, luego fue reemplazado por el sistema arbitral introducido por el Protocolo de Brasilia y por el sistema de «reclamaciones» dentro de la Comisión de Comercio del Mercosur (sistema incorporado al anexo del Protocolo de Ouro Preto);
(d) el Anexo IV relativo a la aplicación de salvaguardias, que como estaba previsto dejó de aplicarse al finalizar el período de transición; y
(e) el Anexo V, que creó los distintos subgrupos de trabajo integrantes del órgano ejecutivo del esquema, el Grupo Mercado Común. Estos subgrupos fueron modificados en la etapa de consolidación de la unión aduanera.
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